■ Información legal
Condiciones de aparcamiento
del aparcamiento subterráneo “Parken am Karlsplatz”, Múnich
Esta traducción tiene carácter meramente informativo. Solo la versión alemana es jurídicamente vinculante.
Arrendador: Bellatrix Verwaltungs- und Beteiligungs GmbH, Ludwig-Ganghofer-Straße 7, 82031 Grünwald
Gestión: city-parking Deutschland Betriebs GmbH, Dieselstraße 5, 86695 Nordendorf
I. Contrato de arrendamiento
El arrendador pone a disposición del arrendatario una plaza para su vehículo de motor conforme a las siguientes disposiciones. El contrato de arrendamiento se celebra al aceptar el tique de aparcamiento y entrar en el aparcamiento. La vigilancia, custodia o supervisión del vehículo y la cobertura de seguro no forman parte del contrato. El uso del aparcamiento se realiza por cuenta y riesgo del arrendatario.
II. Precio – duración del estacionamiento
- El precio de cada plaza ocupada se rige por la lista de precios expuesta.
- Tras el pago, el arrendatario debe abandonar el aparcamiento sin demora. Para ello debe dirigirse inmediatamente a su vehículo y salir por las salidas. Si permanece en el aparcamiento más tiempo del necesario, la tarifa se recalcula a partir del momento del pago y es exigible.
- El vehículo solo puede recogerse durante el horario de apertura comunicado.
- La duración máxima de estacionamiento es de cuatro semanas, salvo acuerdo especial por escrito.
- Una vez transcurrida la duración máxima, el arrendador está facultado para retirar el vehículo a costa del arrendatario. Además, le corresponde una remuneración conforme a la lista de precios hasta la retirada del vehículo. Previamente, el arrendador requerirá por escrito al arrendatario – o, si no lo conoce, al titular del vehículo – que retire el vehículo, con apercibimiento de retirada. Este requerimiento no es necesario si el arrendador no puede identificar al titular con un esfuerzo razonable, p. ej. a través de la oficina de matriculación.
- En caso de pérdida del tique, se abonará la tarifa diaria máxima según la lista de precios expuesta para 24 horas, salvo que el arrendatario demuestre una duración menor o el arrendador una mayor de 24 horas.
- La cesión o el subarrendamiento de la plaza requiere el consentimiento por escrito del arrendador.
III. Responsabilidad del arrendador
- Con sujeción a la presente disposición, el arrendador responde de todos los daños causados por su culpa, la de sus empleados o encargados. No responde de los daños causados por fenómenos naturales como crecidas, inundaciones o terremotos, ni por la conducta del arrendatario o de terceros.
- El arrendador no responde de los daños materiales y patrimoniales derivados del incumplimiento por negligencia leve de obligaciones contractuales que no sean esenciales para la consecución del fin del contrato. Asimismo, queda excluida la responsabilidad por daños causados por negligencia leve en la instalación, desmontaje, mantenimiento y conservación de muros de protección contra inundaciones.
- El arrendatario está obligado a comunicar de inmediato, antes de abandonar el aparcamiento, cualquier daño evidente en su vehículo al personal del arrendador a través de los interfonos/puntos de llamada de emergencia señalizados en el cajero, en la salida o en la portería. Esto no se aplica si dicha comunicación es objetivamente imposible o no puede exigirse razonablemente, en particular si no se localiza a nadie por el interfono o en la portería. En ese caso, el arrendatario debe comunicarlo por escrito al arrendador en un plazo de tres días tras abandonar el aparcamiento. Los demás daños también deben comunicarse por escrito al arrendador en un plazo de siete días tras abandonar el aparcamiento. Si la comunicación no se realiza a tiempo, quedan excluidas todas las reclamaciones de garantía y de indemnización del arrendatario. Si el arrendatario reclama una indemnización, le corresponde probar que el arrendador incumplió culpablemente sus obligaciones contractuales.
- La responsabilidad del arrendador por negligencia leve se limita a 100.000,00 € en lo que respecta a daños materiales o patrimoniales.
- En caso de daños materiales y patrimoniales causados por negligencia leve del arrendador, el arrendatario debe además participar en la liquidación del daño con 300,00 € (franquicia).
IV. Responsabilidad del arrendatario
El arrendatario responde de todos los daños causados culpablemente al arrendador o a terceros por él mismo, sus empleados o encargados. Responde también de la suciedad culposa del aparcamiento debida a un comportamiento que exceda el uso normal, incluido el depósito de basura en el aparcamiento.
V. Derecho de prenda
Por sus créditos derivados del contrato de arrendamiento, el arrendador dispone de un derecho de retención y de un derecho de prenda legal sobre el vehículo estacionado. Si el arrendatario incurre en mora, el arrendador podrá ejecutar la prenda como muy pronto dos semanas después de haberla anunciado.
VI. Normas de uso de aparcamientos
Se debe circular a paso de peatón. Deben seguirse las indicaciones del personal de vigilancia. Por lo demás, rige el reglamento alemán de circulación (StVO).
En el aparcamiento está prohibido:
- circular y estacionar con bicicletas, ciclomotores, motocicletas, patines en línea, monopatines y dispositivos similares;
- la permanencia de personas no autorizadas sin vehículo estacionado y sin título de estacionamiento válido;
- fumar y hacer fuego;
- realizar trabajos de reparación y mantenimiento en el vehículo;
- molestar al vecindario con gases de escape y ruido, en particular dejando el motor en marcha o probándolo durante mucho tiempo o tocando el claxon;
- repostar el vehículo;
- depositar y almacenar objetos y residuos, en particular combustibles, objetos inflamables y recipientes de combustible vacíos;
- permanecer en el aparcamiento o en el vehículo más tiempo del necesario para estacionar y recoger el vehículo;
- estacionar vehículos con fugas en depósito, aceite, refrigerante, climatización o carburador, u otros defectos que pongan en peligro el funcionamiento del aparcamiento;
- estacionar vehículos no matriculados;
- estacionar sin autorización fuera de las plazas señalizadas, p. ej. en el carril de circulación, ocupando dos plazas, delante de salidas de emergencia, en plazas para personas con discapacidad, en plazas señalizadas como reservadas o en superficies rayadas.
VII. Remolque
Si el arrendatario estaciona su vehículo fuera de la plaza señalizada en contra de las disposiciones anteriores, el arrendador está facultado para desplazar o remolcar el vehículo a costa del arrendatario.
VIII. Disposiciones finales
Le rogamos que dirija sus sugerencias y reclamaciones a la dirección del arrendador.
